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Decretos del Concilio Tercero Provincial Mexicano (1585) (2 vols.)
Autor: Luis Martínez Ferrer
Tamaño: 681 p. 16 x 23 cm
Año: 2009
ISBN: 978-607-7764-23-6
Coedición: Universidad Pontificia de la Santa Cruz

Precio: $ 400      $  320
  US 20 US 16

Descripción

La presente edición pone en manos de los investigadores un cuerpo legal de gran importancia para la historia y el derecho canónico mexicanos: los decretos del Tercer Concilio Mexicano, celebrado en 1585 con la presidencia de Pedro Moya de Contreras y publicado en 1622 por Juan Pérez de la Serna. Su rica legislación estuvo vigente en la Nueva España y en parte del México independiente hasta finales del s. XIX. Presentado por primera vez de manera crítico-científica, la edición abre numerosas perspectivas para los estudiosos, juristas o historiadores. En un extenso Estudio preliminar el autor expone la historia de los textos hasta llegar a la publicación de 1622, después de tres aprobaciones: la de los obispos mexicanos reunidos en 1585; la de la Santa Sede, por medio de la Sagrada Congregación del Concilio, en 1589; y la de la Corona española, en 1591. Además se estudian los diversos esfuerzos de publicar los decretos desde 1591 a 1622. La parte documental, presenta la comparación de los dos textos "extremos" del concilio: el manuscrito castellano aprobado por los obispos en 1585, y la edición príncipe de 1622, con un cuidadoso aparato de fuentes. Además, la inclusión de las correcciones prescritas por la Santa Sede en 1589 permiten al lector atento verificar hasta qué punto las observaciones romanas fueron determinantes para modificar el manuscrito "original", fruto de las reuniones conciliares.

Índice

VOLUMEN I. Prólogo; Introducción; Siglas y abreviaturas; Normas de transcripción; I. Estudio preliminar. 1. La redacción de los decretos (1585), Fuentes manuscritas de nuestra edición. Primera aproximación, Elaboración de los decretos durante las sesiones conciliares, Las dos versiones integrales en castellano. La estructura de los decretos, Los autores/compiladores principales de los decretos mexicanos; Las disputas al final del Concilio. El texto latino que fue a Roma; 2. Las aprobaciones de los decretos en Roma (1589) y en Madrid (1591) , Los manuscritos conciliares. De México a Roma, La llegada del Tercer Concilio a la Santa Sede, El proceso de aprobación en Roma. La nueva versión latina, La Recognitio, Las aprobaciones pontificias, Los nuevos ajustes al texto hechos en el Consejo de Indias. La aprobación regia; 3. Las dificultades para la publicación de los decretos, Primeros intentos frustrados, La publicación de Juan Pérez de la Serna (1622); 4. La elaboración del aparato de fuentes de la edición de 1622, El aparato de fuentes en las versiones de 1585, El enigma de la inserción del aparato de fuentes en la edición de 1622, El influjo de los documentos de 1585 en el aparato de fuentes de 1622, Visión general del aparato de fuentes definitivo; 5. La edición príncipe (1622), El impresor: Juan Ruiz, Texto del frontispicio, Aspectos formales del frontispicio: el grabador y su labor, Contenido del volumen, Epístola del arzobispo Juan de la Serna de 9 de setiembre de 1622, 6. Fuentes y bibliografía, Fuentes manuscritas, Ediciones del Tercer Mexicano posteriores a la editio princeps, Otras fuentes impresas y autores de época, Bibliografía VOLUMEN II. Parte documental. 1. Características de la presente edición; 2. Recognitio del Tercer Concilio Provincial Mexicano (30.10.1589); 3. Decretos del Tercer Concilio de México. Edición histórico-crítica; LIBER PRIMUS, Titulus primus, De Summa Trinitate, et Fide Catholica [De la Santísima Trinidad y la fe católica]; 1. De Fidei Professione [De la profesión de la fe]; 2. De Praedicatione Verbi Dei [De la predicación de la palabra de Dios]; 3. De Doctrina Christiana rudibus tradenda [De la doctrina cristiana que se ha de enseñar a los párvulos]; 4. De Sacramentis Doctrinae Christianae ignaris non administrandis [No se administren los sacramentos a los adultos, sin haberles enseñado la doctrina cristiana]; 5. De Impressione, et lectione librorum [Sobre la impresión y lectura de libros]; 6. De impedimentis propriae salutis, ab Indis removendis [Quíteseles a los naturales lo que impida su propia salvación]; Titulus secundus, De Constitutionibus [Sobre las constituciones]; 1. De auctoritate decretorum, et publicatione eorum [De la autoridad y fuerza de los decretos de este concilio y de su publicación]; Titulus tertius, De rescriptis [De los rescriptos]; 1. De obedientia, et executione rescriptis apostolicis debita [De la obediencia y ejecución debida a los rescriptos apostólicos]; Titulus quartus, De aetate, et qualitate ordinandorum, et praeficiendorum [De la edad y calidad de los que se han de ordenar]; 1. De scientia ad sacros ordines, et curam animarum necessaria [De la ciencia necesaria para ser admitido a las órdenes y cura de almas]; 2. De vita, fama, et moribus ordinandorum [De la honestidad de vida y costumbres de los que se han de ordenar]; 3. De titulo beneficii, aut patrimonio [Del título de beneficio eclesiástico o patrimonio]; 4. De modo conferendi ordines, et literas dimisorias [Del modo de conferir las órdenes y de las cartas dimisorias para ellas]; 5. De examine ordinibus praemittendo [Del examen que se ha de hacer a los ordenandos]; Titulus quintus, De sacramentorum Ecclesiae administratione; [De la administración de los sacramentos de la Iglesia]; Titulus sextus, De sacra unctione [De la sagrada Unción]; Titulus septimus, De clericis peregrinis [De los clérigos extranjeros o peregrinos]; Titulus octavus, De officio iudicis ordinarii, et vicarii [Del oficio del juez ordinario y del vicario]; Titulus nonus, De officio fiscalis, et iure fisci [Del oficio del fiscal y del derecho del fisco]; Titulus decimus, De officio notarii, et de fide instrumentorum [Del oficio del notario y de la fe de los instrumentos] ; Titulus undecimus, De officio executoris iustitiae [Del oficio del ejecutor de justicia]; Titulus duodecimus, De officio custodis, et custodia reorum [Del oficio del alcaide y de la guarda de los reos]; Titulus decimus tertius, De maioritate, et obedientia [De la mayoridad y obediencia]; LIBER SECUNDUS. Titulus primus, De ordine iudiciorum [Del orden de los juicios]; Titulus secundus, De procuratoribus [De los procuradores]; Titulus tertius, De feriis [De las fiestas]; Titulus quartus, De dolo, et contumacia [Del dolo y la contumacia]; Titulus quintus, De testibus, et probationibus [De los testigos y las probanzas]; Titulus sextus, De sententia, et re iudicata [De la sentencia y la cosa juzgada]; Titulus septimus, De appellationibus, et recusationibus iudicum [De las apelaciones y las recusaciones de los jueces]; LIBER TERTIUS. Titulus primus, De officio Episcoporum, et vitae puritate [Del oficio y pureza de vida de los obispos], 1. De his, quae ad propriam Episcopi personam pertinent [De lo que se refiere a la propia persona del obispo], 2. De cura subditorum, et propriae familiae [Del cuidado de los súbditos y los familiares], 3. De doctrinae cura [Del cuidado de la predicación], 4. De visitatione propriae provinciae [De la visita pastoral a la propia diócesis]; Titulus secundus, De officio rectoris, et plebani [Del oficio de los curas] , 1. De officio parochi, et doctrinae cura, [Del oficio del párroco y el cuidado de la doctrina] , 2. De administratione sacramentorum [De la administración de los sacramentos], 3. De vigilantia, et cura circa subditos, praesertim in sacramentorum receptione [De la vigilancia y cuidado de los súbditos especialmente en la recepción de los sacramentos], 4. De solicitudine praestanda, ut peccatis remedium adhibeatur [De la solicitud en remediar los pecados públicos] , 5. De his, quae ad parochos indorum attinent [De las cosas que atañen a los párrocos de indios] , Titulus tertius, De beneficiatis cathedralium, et parrochialium, et eorum officiis [De los beneficiados de las catedrales y parroquiales y de su oficio], 1. De assistentia beneficiatorum divinis officiis debita [De la debida asistencia de los beneficiados a los divinos oficios]; Titulus quartus, De officio sacristae [Del oficio del sacristán]; Titulus quintus, De vita, et honestate clericorum [De la vida y honestidad de los clérigos], 1. De clericorum habitu, et cultu externo [Del hábito de los clérigos y su porte exterior], 2. De evitandis spectaculis vanis, et actionibus prophanis [De evitar espectáculos vanos y acciones profanas], 3. De ludis clericis prohibitis [De los juegos prohibidos a los clérigos], 4. De usu frequenti Eucharistiae [De la frecuente recepción de la Eucaristía]; Titulus sextus, De clericis non residentibus [De los clérigos no residentes]; Titulus septimus, De institutionibus, et iure patronatus [De las instituciones y el derecho de patronazgo] ; Titulus octavus, De rebus Ecclesiae conservandis, alienandis, vel non [De la conservación de los bienes de la iglesia y su usurpación]; Titulus nonus, De testamentis, et ultimis voluntatibus [De los testamentos y últimas voluntades]; Titulus decimus, De sepulturis, defunctis, et funeralibus [De las sepulturas, los difuntos y los funerales]; Titulus decimus primus, De parochiis [De las parroquias]; Titulus duodecimus, De decimis, et primitiis [De los diezmos y primicias]; Titulus decimus tertius, De regularibus, et monialibus [De los regulares y de las monjas]; Titulus decimus quartus, De religiosis, et piis domibus [De las casas religiosas y piadosas]; Titulus decimus quintus, De celebratione Missarum, et divinorum officiorum [De la celebración de las misas y los divinos oficios]; Titulus decimus sextus, De Baptismo [Del bautismo]; Titulus decimus septimus, De sanctissimo Eucharistiae sacramento, et eius custodia [Del santísimo sacramento de la Eucaristía y de su custodia]; Titulus decimus octavus, De reliquiis, et veneratione sanctorum, et templorum [De las reliquias y veneración de los santos y de los templos]; Titulus decimus nonus, De immunitate ecclesiarum, et clericorum [De la inmunidad de las iglesias y los clérigos]; Titulus vigessimus, Ne clerici, vel monachi negotiis secularibus se immisceant [Que ni los clérigos ni los frailes se inmiscuyan en negocios seculares]; Titulus vigessimus primus, De observatione ieiuniorum [De la observancia de los ayunos]; LIBER QUARTUS. Titulus primus, De sponsalibus, et matrimoniis [De los esponsales y matrimonios]; Titulus secundus, De cognatione spirituali, et aliis matrimonii Impedimentis [Del parentesco espiritual y otros impedimentos del matrimonio]; LIBER QUINTUS. Titulus primus, De visitationibus [De las visitas]; Titulus secundus, De calumniatoribus [De los calumniadores]; Titulus tertius, De simonía [De la simonía]; Titulus quartus, De haereticis [De los herejes]; Titulus quintus, De usuris [De las usuras]; Titulus sextus, De sortilegis [De los hechiceros]; Titulus septimus, De maledicis [De los maldicientes]; Titulus octavus, De iniuriis, et damno dato [De las injurias y daño hecho]; Titulus nonus, De paenis [De las penas]; Titulus decimus, De concubinatu, et paenis concubinariorum, et lenonum [Del concubinato y de las penas de los concubinarios y alcahuetes]; Titulus decimus primus, De sententia excommunicationis [De la sentencia de excomunión]; Titulus decimus secundus, De paenitentiis, et remissionibus [De las remisiones y las penitencias]; III. APÉNDICE BIOGRÁFICO. Biografía de los Jueces Sinodales del Tercer Concilio de México, Cf. Lib III, tit 1, De visitatione propria provinciae, § 18; Designados por el arzobispo de México, Designados por el obispo de Guatemala; Designados por el obispo de Michoacán; Designados por el obispo de Tlaxcala; Designados por el obispo de Yucatán; Designados por el obispo de Jalisco; Designados por el obispo de Oaxaca; Índice onomástico